Se establecen criterios comunes para su reconocimiento, protección, control y regulación de gestión
La nueva norma regula la protección desde la producción a la comercialización, presentación, publicidad y etiquetado
También se reconoce y refuerza el papel de los Consejos Reguladores como órganos de gestión de las DOP e IGP y de colaboración con la Administración
En cuanto al control oficial se ofrece un modelo compatible con la normativa comunitaria y se otorgan a la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA) funciones de control oficial
El Consejo de Ministros aprobó el día 19, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, un proyecto de Ley de Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas, cuyo ámbito territorial se extiende a más de una Comunidad Autónoma. Su objetivo es ofrecer un marco jurídico único, moderno y compatible con la legislación comunitaria para el desarrollo de estas figuras de protección.
Con esta finalidad se establece, para todas las DOP o IGP supra-autonómicas, tanto presentes, como futuras, un régimen jurídico idéntico, independientemente del tipo de producto que regulen, ya sean de origen vínico, o de origen agroalimentario no vínico, con unos criterios comunes en cuanto al procedimiento para su reconocimiento, protección, control y la regulación de su gestión.
Paralelamente se potencian instrumentos de cooperación entre las Administraciones públicas, a partir de las experiencias desarrolladas en los últimos años, facilitando el desarrollo conjunto de actuaciones con la finalidad de lograr una utilización más eficiente de los recursos.